Los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (ETCR) se situaron de acuerdo con razones geopolíticas y de seguridad que establecieron las partes negociadoras; sin embargo, se desconocieron las normas establecidas en los marcos de ordenamiento territorial y planificación ambiental colombianos. Este es uno de los resultados de una investigación que partió del estudio de caso del ETCR Mutatá que, además de indagar por las posibles afectaciones ambientales, plantea nuevos desafíos.
Los asuntos relacionados con las tierras, las problemáticas socioambientales y el conflicto armado han sido temas de interés para Liana Carolina Llerena Ortega, ingeniera ambiental y magíster en Medio Ambiente y Desarrollo de la Facultad de Minas de la UNAL Medellín, quien, para desarrollar su tesis, partió de una inquietud sencilla que, tras indagar, reveló un vacío enorme. La investigadora se preguntó cómo en un conflicto, cuyo origen estuvo marcado por disputas territoriales, se había decidido el lugar para asentar a los firmantes del Acuerdo de Paz. Ese era un detalle que no se abordaba por los medios de comunicación.
Se dedicó a la revisión documental de normas y políticas públicas asociadas a las fases de negociación e implementación del Acuerdo de paz, así como de las relacionadas con 26 sitios que inicialmente fueron considerados como Zonas Veredales Transitorias de Normalización. También, consultó a especialistas en ordenamiento territorial y ambiental; recopiló información que obtuvo a través de entrevistas a firmantes, personas de entidades ambientales y autoridades municipales; revisó derechos de petición interpuestos a instituciones públicas e hizo un estudio de caso cualitativo en el ETCR Mutatá para el periodo comprendido entre 2017 y 2022.
De esa manera, indagó por los criterios ambientales que, como explica, abarcan, por ejemplo, si en los lugares existían figuras de protección ambiental, como una reserva forestal, un parque nacional, ríos o amenazas geomorfológicas, porque, según la investigadora, “no se relaciona solo con asuntos de agua, suelo o parámetros biofísicos, o con el hecho de que haya acueducto o bosque, sino, incluso, con lo económico, lo político y lo social; es decir un panorama de relaciones que les permita a los firmantes desarrollar su vida ahí de la mejor manera posible”.
Caviló en torno a los tópicos que abordó en los cuatro capítulos de la tesis. Desde la perspectiva de la ecología política, si el Estado es generador de asentamientos ambientales no planificados. También, analizó los ETCR en el marco del ordenamiento territorial y ambiental, así como los nuevos hechos territoriales. En la última sección expone resultados. ¿Qué encontró en relación con los criterios ambientales? “La principal conclusión es que eso no existió”, dice.
Detrás de la ubicación de estos asentamientos que hoy concentran a exintegrantes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC-EP) en su tránsito a la vida civil, prevaleció un único factor: la seguridad en medio de un escenario de desconfianza profunda entre las partes. Como se indica en la tesis, la ubicación de los ETCR puede ser considerada como un ejercicio vertical del poder por parte del Estado colombiano, pero también un resultado de una concertación con los excombatientes de las FARC-EP que prefirieron establecerse en lugares donde conocían personas o sabían cuál era la dinámica de conflicto; es decir, sitios asociados a un tejido social y a un trabajo de base con las personas.
La investigadora Llerena Ortega superpuso mapas oficiales con los de la ubicación de los ETCR y encontró que varios ubicados en Antioquia fueron instalados en zonas de reserva forestal, parques nacionales o áreas de amortiguamiento ambiental. Los ejemplos son: los ETCR de La Plancha, en Anorí, y el de Carrizal, entre Remedios y Segovia, situados dentro de una zona de Reserva Forestal de Ley Segunda, que incluye áreas orientadas al desarrollo de la economía forestal y a la protección tanto de agua, como de suelos y vida silvestre. La situación obligó a iniciar trámites de sustracción. Estas decisiones, señala, eran incompatibles con la misión de conservación de estos territorios y afectaban directamente las posibilidades de vida digna para los firmantes.
Un caso más es el del ETCR de Santa Lucía, en Ituango, que fue ubicado en zona de amortiguamiento del Parque Nacional Natural Paramillo, lo que limitaba proyectos productivos y representaba riesgos geomorfológicos. Este, específicamente, tuvo que ser trasladado a Mutatá en 2020, el cual fue el caso de estudio de la tesis. Allí se dio algo particular: el proceso fue menos impositivo y los firmantes hicieron autogestión para fortalecer el sitio en el que habitan.
Allí sí hubo intercambios con la Alcaldía, la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá (Corpouraba) y la Gobernación, que emitieron conceptos ambientales y apoyaron con vías y servicios. No obstante, el panorama no fue muy distinto a los demás: “No se previó que iban a darse varias situaciones, no hubo un ejercicio de planificación ambiental y por eso después el proceso de reincorporación se vio amenazado. Mucha gente se fue de los ETCR y hubo que reubicarlos, por eso hoy también tienen dificultades para acceder al recurso hídrico o para el establecimiento de los proyectos de vivienda que ya tienen la participación del Ministerio de Vivienda (Ciudad y Territorio)”.
La ausencia de planificación plantea nuevos desafíos para el ordenamiento territorial y la planificación ambiental, especialmente en lo que respecta al uso, acceso y control de recursos naturales, como el suelo. El estudio realizado por Llerena Ortega plantea una reflexión sobre los efectos del Acuerdo Final en el ordenamiento territorial y la importancia de integrar consideraciones ambientales en los procesos de paz en Colombia.
La investigadora entrega algunas recomendaciones: incorporar análisis ambientales desde las negociaciones de paz, no después; articular obligatoriamente a autoridades ambientales, alcaldías y academia antes de definir los asentamientos y revisar planes de ordenamiento territorial y zonificaciones ambientales previo a la autorización de nuevas concentraciones de excombatientes. Adicionalmente, evitar ubicar futuros espacios en zonas de protección o con riesgos físicos y asegurar condiciones básicas de acceso a agua, vías y suelos aptos para proyectos productivos.
Su reflexión es que, si el conflicto nació, en buena parte por la disputa sobre el territorio, en el país no se puede tratar de construir la paz mientras se reproduce el desorden territorial.
(FIN/KGG)
24 de noviembre de 2025
